viernes, 15 de enero de 2016

El Copyleft versus el Copyrightz

 

  ¿Cómo podemos proteger una obra? ¿Qué  hay que hacer?

  Según el artículo 1 de la L.P.I. (Ley de Propiedad Intelectual) la propiedad existe por el mero hecho de la creación de la obra.  Siendo algo exagerado, si yo de repente me siendo inspirado y anoto a mano mis ideas en una servilleta en un bar, ya se nos reconoce la propiedad.  Toda esta propiedad nace con Copyright.

  Entonces ¿qué es el Copyleft?  El Copyleft es Copyright.  Es una interpretación del Copyright.  Es interpretar esos derechos reservados por algunos derechos reservados, pero siempre dentro de los límites del sistema legal de la propiedad intelectual.

  Es decir, el Copyright, viene a decir que cualquier uso que quieras hacer de mi obra, pregúntame; o sea, pactemos, acordemos, negociemos...

  En el Copyleft, sin embargo, te estoy facilitando que hagas uso de mi obra, pero a la vez, te estoy deteniendo.  Pregúntame para esos usos para los que he dejado constancia de los cuales no quiero que hagas uso de mi obra.  Negociemos también.

  El Copyleft es una solución intermedia a la luz roja absoluta del Copyright y a la luz verde del Dominio Público.

  Entonces, ¿cómo me expreso? ¿Cómo expreso mis condiciones y qué herramientas tengo?  Pues para eso están las licencias Copyleft.  Las licencias Copyleft puede hacerlas uno mismo, pero si no tienes los conocimientos jurídicos adecuados es muy difícil.  Por eso, existe la herramienta Creative Commons.  Estas licencias no son las únicas, pero sí las más desarrolladas.  Creative Commons nos creará una licencia a costa de unas preguntas, de las cuales resultará cualquiera de los 6 tipos de licencias existentes.  Estos tipos de licencias siempre nos reconocerán la autoría, pero la de transformación, uso comercial o compartir la licencia o no, pueden ser modificados y ''jugar'' con ellos.  De esto nacen las 6 licencias.

¿Y si nos plagian? ¿Y si hacen un uso de mi obra que yo no quiero que hagan?

  Para eso tenemos los registros de propiedad intelectual online.  Estos registros no sustituyen al registro de propiedad intelectual del estado, pero ofrece una serie de características muy útiles.  Lo que se hace es subir la obra a una de estas páginas de propiedad intelectual y de esta forma tenemos un tercero que nos avala, es decir, funciona como una especie de testigo.  Si alguna vez se produjera el plagio, estas herramientas online dirían ''cuidado que esta persona registró en tal fecha, tal obra con tal licencia''.


 Sea como sea, parece que habrá conflictos entre los partidarios y detractores del Copyleft y Copyright.